Deben contar con DNI y una declaración jurada firmada por el empleador. Falsear la documentación implica incurrir en el delito penal de falsedad ideológica.
El Ministerio de Seguridad informa a la comunidad que las personas que forman parte del grupo de excepciones relacionadas con actividades y servicios esenciales fijadas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 podrán circular presentando documentación especial que acredite su identidad y ocupación.
Deben mostrar en los controles policiales su Documento Nacional de Identidad y una Declaración Jurada impresa que certifica su actividad exceptuada.
La Declaración Jurada está disponible para descargar vía web ingresando a http://www.policiadesalta.gob.ar/requisitos_circular.php#primero . La carga del documento es responsabilidad del empleador, quien además debe firmarla y sellarla.
Cabe destacar que se trata de un documento legal, por lo que hay responsabilidad penal en quien presente una Declaración Jurada Falsa. De comprobarse la irregularidad, el responsable incurre en el delito de “FALSEDAD IDEOLOGICA” reglado en el Art.293 del Código Penal el cual establece para el infractor una pena privativa de la libertad de uno a seis años.
Además de incurrir en el delito de Falsedad Ideológica estará infringiendo el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto ante la Emergencia Sanitaria en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 cuyo agravante es la violación de os artículos 205 y 293 del código penal argentino.
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