
El Cuerpo Deliberativo dispuso, en la Sesión Ordinaria de la fecha, sancionar una Ordenanza que modifica el artículo 1° de la norma N° 15.955, que implementa el boleto gratuito en las líneas urbanas de transporte público de pasajeros. La nueva redacción extiende el beneficio a todos los pacientes en tratamiento oncológico. Es preciso indicar que la iniciativa fue elaborada por la Comisión de Salud, Deportes, Infancia, Juventud y Tercera Edad en virtud de un expediente presentado por la fundación Pacientes Adultos Oncológicos de Salta.
El apartado mencionado quedó redactado de la siguiente manera: «Implementar el Boleto Gratuito en las líneas urbanas de transporte público de pasajeros para los residentes de la ciudad de Salta, destinado a: mujeres gestantes sin obra social, que deban asistir al control médico durante todo el período gestacional y hasta los tres años de edad del niño; mujeres víctimas de violencia familiar y de género que asistan al Programa de Protección de Víctimas de Violencia Familiar con Perspectiva de Género de la Municipalidad de Salta o el organismo que lo reemplace en el futuro, con un período de validez de seis (6) meses, renovable a solicitud del Programa; y pacientes en tratamiento oncológico. Dicho beneficio incluirá también el pasaje para un acompañante».
Durante el tratamiento de la propuesta tomó la palabra el concejal Gonzalo Corral (YP), quien dio a conocer el análisis que obtuvo el expediente por parte de las distintas Comisiones permanentes involucradas en su análisis.
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