Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23/08/2020 tendrán vigencia hasta el 30/08. Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días.
Ante la situación epidemiológica de la provincia el Comité Operativo de Emergencia dispuso que aquellas personas que se encuentren en el grupo de rubros, actividades, o servicios exceptuados para circular, deben completar una nueva Declaración Jurada de Circulación que tendrá vigencia semanal.
Para completar la Declaración Jurada para Circular deben ingresar a https://solicitudparacircular1.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create.
La Declaración Jurada debe presentarse acompañada con el D.N.I y la documentación respaldatoria ante las autoridades estatales de control.
Esta nueva disposición rige para todos los departamentos de la provincia.
¿Cuando es necesario contar con permisos para circular?
- En toda la provincia para la circulación entre 00 a 06hs., ya que solo pueden circular en ese horario las actividades esenciales.
- Internamente en los municipios del departamento San Martín: las personas que desarrollan actividades esenciales precisan el permiso para circular, ya que ese departamento se encuentra en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)
- Para poder usar el transporte público urbano de pasajeros.
- Cuando se movilicen entre municipios, o por fuera del Área metropolitana. El DNU 677 y la Res. 35 del COE establecen la prohibición de circular fuera de los mismos. Las excepciones son las actividades esenciales.
Vigencia
- Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23/08/2020 tendrán vigencia hasta el 30/08.
- Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días.
Deje un Comentario
Debes estar conectado para publicar un comentario.