Con la sanción de una Ordenanza se dispuso adherir tanto a la Ley Nacional N° 27.665 que declara al montañismo actividad de interés deportivo, cultural y socio recreativo, como a la Ley Provincial N° 8.313 de adhesión a dicha norma. La iniciativa elaborada por la concejala Inés Bennassar (UPS) consigna en su articulado las acciones que deberá impulsar el Ejecutivo Municipal a los fines de dar correcto cumplimiento a lo establecido, las que incluye firmas de convenios con asociaciones o entidades vinculadas a las actividades de montaña.
Al momento de justificar la propuesta, Bennassar puso de relieve la importancia de realizar actividades deportivas, señalando que “beneficia la salud mental y física”. Además, y al hacer hincapié en la práctica del montañismo explicó que “ayuda a conectar con la naturaleza y motiva y estimula a la sociabilización”.
En el texto de la Ordenanza también se establece que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la prestación de los servicios de limpieza pública y gestión de residuos municipales a través de personal municipal o prestadores tercerizados del servicio. Esto a efectos de afianzar las condiciones adecuadas de limpieza y realizar las tareas necesarias para el mantenimiento de los senderos conforme lo establecido en la Leyes Nacional N° 27.665 y Provincial N° 8.313, cuidando que el impacto ambiental sea el menor posible.
La iniciativa sancionada por el Cuerpo llegó al Recinto con el visto bueno de la Comisión de Legislación General.
Deje un Comentario
Debes estar conectado para publicar un comentario.